La Constitución Dominicana en su artículo 8, establece claramente las responsabilidades del jefe de gobierno; le confiere el rango de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y todos los cuerpos de del Estado. Tiene facultad para designar ministros, otorgar indultos, moratorias y el deber de velar por la nacional y la recaudación e inversión fiel de las rentas nacionales.
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