SANTO DOMINGO.- El juez del Tribunal Constitucional Jottin Cury hijo afirmó que las limitaciones al derecho de propiedad no generan, necesariamente, derechos a indemnización para los propietarios, durante su participación en el panel titulado “La cláusula del Estado social de derecho”, basado en la obra de su autoría “Límites al derecho de propiedad y áreas protegidas”.
Al ofrecer estas consideraciones, el magistrado explicó que el propietario deberá ser indemnizado “siempre y cuando se le prive al propietario de su derecho hasta el límite de tornarlo inútil, inservible o simbólico”, pero “cuando se le concedan vías o mecanismos que le permitan de algún modo explotarlo, usufructuarlo o disponer del mismo, aunque sea de un modo más reducido, no habrá lugar a indemnización alguna”....seguir leyendo elnuevodiario
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