SANTO DOMINGO. La Ley Electoral de la República Dominicana Ley Electoral 275-97 establece en su artículo 158 que en caso de que se produzca una suspensión en los comicios, como ha sucido con las elecciones municipales previstas para este domingo, la Junta Central Electoral (JCE) tiene un plazo de 30 días para convocarlos nuevamente...elnuevodiario.
2.16.2020
¿Qué dice la ley cuando hay suspensión de elecciones?
SANTO DOMINGO. La Ley Electoral de la República Dominicana Ley Electoral 275-97 establece en su artículo 158 que en caso de que se produzca una suspensión en los comicios, como ha sucido con las elecciones municipales previstas para este domingo, la Junta Central Electoral (JCE) tiene un plazo de 30 días para convocarlos nuevamente...elnuevodiario.
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